Blog · Guías · Actualizado el 20 de agosto de 2026
Subvenciones para cambiar ventanas en Girona: situación a agosto de 2026
El panorama de ayudas para sustituir ventanas en Cataluña está hoy en un punto poco intuitivo. La subvención autonómica que durante cuatro años cubrió el 40 % de la obra dejó de admitir solicitudes a finales de 2025 y tiene la dotación agotada. El nuevo Plan Estatal de Vivienda está aprobado y en vigor, pero todavía no se ha traducido en una convocatoria catalana para viviendas particulares. Y lo único que sigue abierto para cualquier propietario es la deducción del IRPF. Aquí está el detalle, con el enlace a la fuente oficial de cada cifra.
Qué está abierto y qué no, hoy
Conviene separar cuatro cosas que la gente mezcla en la misma conversación, porque solo dos de ellas sirven ahora mismo para una vivienda particular de la provincia de Girona.
- Ayuda autonómica Next Generation para viviendas (Programa 4): cerrada. Era el programa que todo el mundo conocía: 40 % del coste, con un máximo de 3.000 € por vivienda y una inversión mínima de 1.000 €. El plazo de solicitud fue del 7 de junio de 2022 al 31 de diciembre de 2025. La ficha del trámite en la Generalitat indica hoy que está fuera de plazo, con la dotación económica agotada y las solicitudes nuevas en lista de espera.
- Plan Estatal de Vivienda 2026-2030: aprobado, sin ventanilla catalana todavía. Lo regula el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, en vigor desde el 24 de abril de 2026. Incluye una línea de rehabilitación edificatoria con énfasis en la envolvente y en la reducción de la demanda energética, pero su artículo 5 deja la tramitación y la resolución de las ayudas en manos de las comunidades autónomas. Traducido: hasta que la Generalitat firme el convenio y publique convocatoria, no hay dónde presentar nada.
- Deducción del IRPF por mejora de la eficiencia energética: abierta. Es la única vía disponible hoy para cualquier propietario, y se explica en el apartado siguiente.
- Programa de rehabilitación en entornos rurales: abierto, pero muy acotado. Hay convocatoria viva hasta el 10 de septiembre de 2026 a las 14:00 h para rehabilitar viviendas en municipios clasificados como rurales o rurales de atención especial. Incluye actuaciones de eficiencia energética, pero exige que la vivienda no haya estado destinada a residencia habitual y permanente en los dos años previos a la convocatoria, que tenga certificado final de obra anterior al 31 de diciembre de 1999, que se destine a residencia habitual y permanente —ni uso turístico ni segunda residencia— y que las obras no se hubieran iniciado antes del 1 de enero de 2025. La provincia de Girona tiene muchos municipios pequeños; si el tuyo puede estar en la lista, merece la pena comprobarlo.
Si tienes una resolución de concesión de alguna de las convocatorias Next Generation anteriores, tu caso es distinto: los plazos de ejecución y justificación se han ido ampliando mediante modificaciones publicadas en el DOGC, y hay que mirar la última, no la que te dieron el día de la concesión.
La deducción del IRPF: cómo funciona de verdad
No es dinero que se ingresa. Es una reducción de la cuota del impuesto que se aplica en la declaración del ejercicio en que se expide el certificado de eficiencia energética posterior a la obra. Hay tres deducciones distintas y son incompatibles entre sí respecto de la misma obra: se elige una.
- 20 %, base máxima anual 5.000 €. Para obras que reduzcan al menos un 7 % la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda. Es la que encaja de forma natural con una sustitución de ventanas.
- 40 %, base máxima anual 7.500 €. Para obras que reduzcan al menos un 30 % el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o que lleven la vivienda a la clase energética A o B.
- 60 %, base máxima anual 5.000 € y base acumulada 15.000 €. Para obras de rehabilitación energética del edificio completo, de uso predominantemente residencial, con el mismo requisito del 30 % o de la clase A o B. Aquí ya no hablamos de un vecino cambiando sus ventanas, sino de una comunidad de propietarios actuando sobre el edificio.
Los plazos actuales los fijó el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo: las dos deducciones de vivienda individual —el 20 % y el 40 %— cubren obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026, y la del edificio residencial, hasta el 31 de diciembre de 2027. La fecha límite de expedición del certificado posterior a la obra no es la misma en las tres: en las dos deducciones de vivienda individual debe estar expedido antes del 1 de enero de 2027, y solo en la del edificio residencial, antes del 1 de enero de 2028. Lo fija la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, apartados 1, 2 y 3.
Un matiz que sorprende a mucha gente: estas deducciones no se limitan a la vivienda habitual. También dan derecho las viviendas de tu propiedad arrendadas para uso vivienda o en expectativa de alquiler, y en este último caso siempre que la vivienda se alquile antes del 31 de diciembre de 2027. Lo que queda fuera es la segunda residencia de uso propio, la parte de la obra ejecutada en garajes, trasteros, jardines, piscinas o instalaciones deportivas, y la parte de la vivienda afecta a una actividad económica.
El orden importa más que el importe
La deducción se calcula comparando dos certificados de eficiencia energética: el de antes de la obra y el de después. Si no existe el primero, no hay nada que comparar y no hay deducción, por bien ejecutada que esté la ventana. Este es el fallo que más dinero cuesta y el más frecuente, porque el impulso natural es al revés: primero se cambia la ventana y luego se pregunta si daba derecho a algo.
- Certificado de eficiencia energética previo, expedido por técnico competente y registrado, y con una antigüedad máxima de dos años respecto al inicio de las obras. Es el punto de partida y no se puede reconstruir a posteriori.
- Presupuesto con especificaciones técnicas por hueco. No vale un renglón que diga «cambio de ventanas».
- Ejecución de la obra. Si por lo que sea se cambia el vidrio o el sistema respecto a lo presupuestado, tiene que quedar documentado: el certificado posterior se calcula con lo instalado, no con lo previsto.
- Certificado posterior a la obra y factura con justificante de pago. El ejercicio fiscal en que se aplica la deducción es el de expedición de ese certificado, no el del pago de la obra.
Qué tiene que decir el presupuesto para que sirva
Aquí es donde interviene el instalador y donde se pierde la ayuda con más frecuencia. El técnico que firma el certificado no puede acreditar una mejora que no consta en ningún papel. Un presupuesto útil identifica, hueco por hueco:
- Sistema de perfil y si lleva rotura de puente térmico, o el número de cámaras en el caso del PVC.
- Composición del vidrio: espesores, cámara, gas de relleno si lo hay y si el vidrio incorpora capa bajo emisiva.
- Transmitancia térmica del hueco completo, no solo la del vidrio. Son valores distintos y el certificado trabaja con el del conjunto.
- Factor solar y permeabilidad al aire cuando el sistema los declare.
- Dimensiones y tipo de apertura de cada unidad, y su ubicación en la vivienda.
Nosotros orientamos sobre qué debe cumplir la ventana y qué debe constar en el documento, pero no tramitamos el expediente ni hacemos asesoramiento fiscal: eso corresponde al propietario, a su gestor o al técnico certificador.
Qué ventana cumple los requisitos
El requisito técnico se cumple por dos vías. La primera, aluminio con rotura de puente térmico y doble acristalamiento. La segunda, ventana de PVC multicámara, que por material no necesita rotura de puente térmico y alcanza transmitancias bajas ya con perfil residencial. En ambos casos, lo que evalúa el certificado no es la marca sino el valor de transmitancia del hueco instalado, así que la decisión relevante está en el vidrio y en el sistema, no en el logotipo.
Si el objetivo real es el confort y no el papeleo, conviene leer antes cómo se comporta el conjunto: en aislamiento térmico de la ventana está el criterio de elección, y en vidrio bajo emisivo y triple acristalamiento, cuándo el salto de vidrio compensa y cuándo no.
Lo que no conviene hacer
- Cambiar ventanas sanas persiguiendo una deducción. El 20 % de una base máxima de 5.000 € tiene un techo modesto frente al coste de renovar la carpintería de una vivienda entera. La deducción mejora una obra que ya tenía sentido; no convierte en sensata una obra que no lo tenía.
- Confundir avería con obsolescencia. Si el problema es un herraje descolgado, una junta endurecida, una corredera dura o vaho entre los cristales, hay reparación posible y sale mucho más barato. Ahí no hay expediente, ni certificado, ni plazo.
- Fiarse de quien te “gestiona la subvención” y la descuenta directamente de la factura. Con la ayuda autonómica cerrada y el nuevo plan sin convocatoria en Cataluña, ese descuento no puede corresponder a ninguna ayuda vigente. Pregunta qué programa concreto es, con su nombre y su convocatoria, y compruébalo en la fuente oficial.
- Dar por hecho el 40 % o el 60 %. Sustituir solo las ventanas mejora la demanda, pero llegar al 30 % de reducción del consumo de energía primaria no renovable suele exigir tocar además la instalación térmica o el resto de la envolvente. Lo dirá el certificado, no el instalador ni el comercial.
- Encargar el certificado energético al mismo que vende la ventana sin más. Debe firmarlo un técnico competente y estar registrado. Es el documento que sostiene toda la deducción.
Dónde comprobar la convocatoria vigente
Estas son las fuentes oficiales consultadas para escribir esta página. Son también donde hay que mirar antes de tomar cualquier decisión, porque son las únicas que se actualizan cuando cambia algo.
- Ajuts a la rehabilitació — Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica de la Generalitat de Catalunya. Listado de bases y convocatorias con sus resoluciones del DOGC.
- Subvencions Next Generation per a la rehabilitació — ficha de trámite de la Generalitat, con el estado real de cada programa.
- Ajuts a la rehabilitació d'habitatges — Institut Català d'Energia (ICAEN), con el resumen de programas, porcentajes y topes.
- Deducciones por eficiencia energética — Agencia Tributaria. Las tres deducciones, con sus porcentajes, bases y requisitos.
- Base y porcentaje de la deducción del 40 % — Agencia Tributaria. Ficha concreta con la base máxima y el periodo de las obras.
- Ley 35/2006 del IRPF, disposición adicional quincuagésima — BOE, texto consolidado. Es la norma que fija los tres porcentajes, las bases, los plazos de obra y las fechas límite de expedición del certificado.
- Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo — BOE. Es la norma que prorrogó los plazos de estas deducciones (art. 36.1).
- Resolució TER/1342/2026, de 29 d'abril — DOGC. Convocatoria de rehabilitación de viviendas en entornos rurales de Catalunya, con su plazo y sus requisitos.
- Real Decreto 326/2026, de 22 de abril — BOE. Texto del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.
- Oficina Municipal d'Habitatge de Girona — punto de información municipal para quien vive en la ciudad.
Si lo que necesitas es que alguien mire la ventana y te diga si tiene arreglo o toca cambiarla, escríbenos o llámanos. De la parte fiscal, mejor pregunta a tu gestor.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir hoy la subvención de 3.000 € para cambiar las ventanas?
No. Ese programa es el Programa 4 de los fondos Next Generation gestionado por la Agència de l'Habitatge de Catalunya, cubría el 40 % del coste con un máximo de 3.000 € por vivienda, y su plazo de solicitud terminó el 31 de diciembre de 2025. La ficha oficial del trámite indica además que la dotación económica está agotada y que las solicitudes nuevas quedan en lista de espera.
Entonces, ¿qué ayuda queda viva a agosto de 2026?
La deducción del IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética. No es una subvención que se cobre, sino una reducción de la cuota del impuesto: se aplica al hacer la declaración del ejercicio en que se expide el certificado energético posterior a la obra. El Real Decreto-ley 7/2026 prorrogó su plazo, y para viviendas individuales cubre obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026, con el certificado posterior expedido antes del 1 de enero de 2027. Junto a ella sigue abierta una convocatoria mucho más acotada: la de rehabilitación de viviendas en entornos rurales de Catalunya, con plazo hasta el 10 de septiembre de 2026 a las 14:00 h y requisitos estrictos de municipio, antigüedad de la vivienda y uso previo.
¿Cuánto se deduce por cambiar las ventanas?
Depende del resultado energético que acredite el certificado, no del importe de la obra. Si la actuación reduce al menos un 7 % la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración, la deducción es del 20 % sobre una base máxima anual de 5.000 €. Si reduce al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o lleva la vivienda a clase A o B, sube al 40 % sobre una base máxima de 7.500 €. Las deducciones son incompatibles entre sí respecto de la misma obra.
¿Vale para una segunda residencia?
Para las deducciones de vivienda individual, no. La Agencia Tributaria las limita a la vivienda habitual del contribuyente o a otra de su propiedad que esté arrendada para uso vivienda o en expectativa de alquiler, y en este último caso solo si la vivienda se alquila antes del 31 de diciembre de 2027. Tampoco dan derecho la parte de obra ejecutada en plazas de garaje, trasteros, jardines, piscinas o instalaciones deportivas, ni la parte de la vivienda afecta a una actividad económica.
¿Qué papel es imprescindible antes de empezar la obra?
El certificado de eficiencia energética previo, expedido por técnico competente y registrado, y con una antigüedad máxima de dos años respecto al inicio de las obras. Sin ese documento de partida no hay forma de acreditar la mejora después, porque la deducción se calcula comparando el certificado anterior con el posterior. Es el error que más deducciones tira a la basura: hacer la obra primero y buscar los papeles después.
¿Nos encargamos nosotros del trámite?
No. No tramitamos expedientes de subvención ni damos asesoramiento fiscal. Lo que sí hacemos, y es donde se juega la ayuda, es emitir un presupuesto y una factura con las especificaciones técnicas completas de cada hueco, para que el técnico que firma el certificado tenga con qué trabajar. La gestión corresponde al solicitante o a su gestor.
¿Y si mi ventana solo tiene una avería concreta?
Entonces la subvención es una conversación equivocada. Un herraje descolgado, una junta endurecida o un vidrio con vaho se resuelven con una reparación que cuesta una fracción de una ventana nueva y no requiere certificado, expediente ni plazo. Cambiar carpintería sana para perseguir una deducción del 20 % rara vez sale a cuenta.
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